El pleno de la Cámara de Senadores, con dispensación de trámite, aprobó la tarde de este lunes tres proyectos de ley, uno de los cuales deja sin efecto la continuidad de magistrados y consejeros después del 2 de enero de 2024; el segundo establece la suspensión de plazos procesales en los altos tribunales hasta que se elija a las nuevas autoridades por voto; y el tercero modifica la ley de juicio de responsabilidades.
Los tres proyectos –uno del diputado Carlos Alarcón (CC) y los otros dos, de senadores del ala evista del MAS– fueron aprobados en la Cámara Alta y remitidos en revisión a Diputados, según informó a CORREO DEL SUR el propio Alarcón.
SIN EFECTO
“Se deja sin efecto el numeral 4 de la parte resolutiva de la Declaración Constitucional Plurinacional 0049/2023 del TCP, de fecha 11 de diciembre de 2023”, señala el primer artículo del proyecto de ley propuesto por CC y aprobado por más de dos tercios de los miembros presentes en el Senado.
La declaración constitucional del 11 de diciembre dispone la prórroga del mandato de los actuales magistrados y consejeros hasta que se concreten las elecciones judiciales.
En entrevista con este medio, el diputado proyectista Alarcón explicó que con esta norma se busca el restablecimiento de la plena vigencia de cuatro artículos de la Constitución Política del Estado (CPE): 183, 188 III, 194 III y 200, que establecen un mandato de seis años para los magistrados del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y que, en su criterio, fueron vulnerados por el numeral 4 de la Declaración Constitucional 049/2023.
Dijo que en el artículo 1 del proyecto de ley aprobado este lunes se deja sin efecto dicho numeral de la declaración del TCP. “Este numeral se lo metió de contrabando en una consulta que tenía que ver con contenidos específicos de la ley (144) que viabilizaba las elecciones, pero no con la autoprórroga. Entonces, al haber una nulidad de pleno derecho, porque los magistrados han usurpado el ejercicio del poder constituyente y han violado la prohibición del artículo 122 (CPE), que no pueden ejercer funciones y jurisdicción que no emane de la propia Constitución, hemos dejado sin efecto el numeral 4 de la autoprórroga”, señaló.
Asimismo, mencionó que en el artículo 2 del mismo proyecto se fijó que los magistrados y consejeros cesan en sus funciones el 2 de enero de 2024.
Al ser consultado por este diario si, en consecuencia, la Asamblea Legislativa se estaba sobreponiendo con una ley a la declaración constitucional del TCP, Alarcón respondió: “En este caso, o nos quedamos con la autoprórroga, que es inconstitucional, o nos quedamos con el respeto a los cuatro artículos de la Constitución”.
LA CONTROVERSIA
Alarcón hizo referencia al Código Procesal Constitucional, según el cual, de someterse en consulta proyectos de ley –como el de la 144, que viabilizaba las elecciones judiciales– es obligatorio cumplir las declaraciones de inconstitucionalidad –como la 049 del TCP–, pero “lo de la autoprórroga ha sido en contrabando porque no declara ninguna inconstitucionalidad, sino ellos (los magistrados) deciden vulnerar la CPE y autoprorrogarse cuando estaban a días del vencimiento de mandato”.
SUSPENSIÓN DE PLAZOS
El pleno de Senadores aprobó otro proyecto planteado por el senador William Torrez, del ala evista del MAS, que también dispone que los actuales magistrados cesen en sus funciones el 2 de enero y la suspensión de plazos procesales. Se trata de la “Ley de Suspensión de Plazos Procesales y Continuidad Jurisdiccional del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional” hasta la posesión de nuevas autoridades elegidas por voto.
El parágrafo I, artículo 3, de ese proyecto señala, por ejemplo, que el Secretario General del Tribunal Supremo de Justicia estará “a cargo de la recepción y custodia de los procesos descritos en el artículo 184 de la CPE y la ley número 025 el Órgano Judicial que se han remitido a competencia de este tribunal al igual que las causas remanentes sin resolver si así existieran”.
Los senadores debatieron muy poco. De ese modo “evitas” y opositores sumaron votos para aprobar con más de dos tercios.
¿DESACATO?
Fuentes de las instituciones judiciales con sede en Sucre, refiriendo al artículo 115 del Código Procesal Constitucional, señalaron que lo ocurrido este lunes en el Senado “es una especie de desacato a las decisiones del TCP”. Enfatizaron en que “ninguna ley podría dejar sin efecto lo que establece una sentencia constitucional”, al margen de señalar que la Declaración Constitucional 0049/23, del 11 de diciembre de 2023, “tiene efecto incluso vinculante con relación al Órgano Legislativo”.
DOS ARTÍCULOS
Art. 1 (NULIDAD DE PLENO DERECHO). Se deja sin efecto el numeral 4 de la parte resolutiva de la Declaración Constitucional Plurinacional 0049/2023, de fecha 11 de diciembre de 2023.
Art. 2 (CESACIÓN DE FUNCIONES). Los magistrados y consejeros del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura, conforme dispone la CPE, cesarán en sus funciones el 2 de enero de 2024.
Caso de corte: Cambios en la ley de juicios
La Cámara Alta aprobó otro proyecto de ley que modifica 23 de 51 artículos de la ley de Juzgamiento a Altas Autoridades del Estado, como Presidente, Vicepresidente, magistrados del Órgano Judicial y del TCP y Fiscal General, lo que antes se conocía como “caso de corte”.
“Si los enjuiciados hubieren incurrido en la violación de derechos fundamentales y garantías constitucionales, vinculada a la comisión de cualquier delito previsto en la presente ley, lesionando tales derechos y garantías, la sentencia condenatoria deberá imponer las sanciones previstas en el Código Penal, según corresponda”, dice la primera modificación. Al respecto, el diputado Carlos Alarcón (CC) explicó que la tercera propuesta de ley, a iniciativa de senadores del MAS, modifica la Ley de Juicio de Responsabilidades para volver al esquema anterior de los juicios de responsabilidades contra altos magistrados judiciales, que establecía una sanción punitiva en la vía penal y no solamente disciplinaria y administrativa que se resuelve con la renuncia del enjuiciado o la destitución en el cargo.
Criterios de aceptación y rechazo de los asambleístas
El senador Miguel Rejas, del “evista” del Movimiento Al Socialismo (MAS), dijo que el proyecto de ley aprobado este lunes busca darle “certidumbre” al país para que se pueda garantizar que los actuales magistrados dejen sus funciones desde el próximo año.
“Nosotros hemos visto que es un atropello a la Constitución, pero, más que todo, a la democracia, porque ustedes saben muy bien, todos entramos por el voto popular y no puede ser, pues, que nos autoprorroguemos y seamos, pues, juez y parte en todos estos casos”, afirmó. La norma además prevé que el Órgano Judicial “continuará ejerciendo sus competencias y atribuciones en cumplimiento al mandato constitucional y del ordenamiento jurídico en actual vigencia por intermedio de la administración jurisdiccional, ejercida mediante los tribunales departamentales de justicia en todas sus salas, incluidas las constitucionales, juzgados, tribunales de sentencia y juzgado agroambiental”.
La senadora Ana María Castillo, del ala “arcista” del MAS, expresó su rechazo al proyecto de ley aprobado y lo tildó como “irresponsable”. Advirtió que podría ser inconstitucional al quitar atribuciones a los magistrados y otorgar otras funciones a los secretarios generales de las instituciones judiciales y del TCP.
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Pasada esta etapa, del 18 al 22 de abril la Comisión Mixta de Constitución hará la revisión de méritos de cada postulante habilitado.
Este miércoles concluyó la revisión de cumplimiento de los requisitos de los postulantes a la Defensoría del Pueblo. Fueron inhabilitados 106 candidatos y habilitados 84, mientras que 8 están pendientes de definición. Se conoció que entre los inhabilitados está la exdiputada Lidia Patty y entre los habilitados la actual defensora del Pueblo, Nadia Cruz.
La Comisión Mixta de Constitución concluyó ayer la revisión de carpetas de los 198 postulantes al cargo de Defensor del Pueblo, de las cuales quedaron habilitados 84, 106 inhabilitados y ocho en observación, informó el responsable del equipo, el senador Rubén Gutiérrez.
Manuel Morales, miembro del Comité de Defensa de la Democracia (Conade), impugnó ante la Comisión Mixta de Constitución de la Cámara de Senadores porque fue inhabilitado como postulante para Defensoría del Pueblo por falta de una firma. Cree que en medio existe una situación más política que otra cosa.
La Comisión Mixta de Constitución informó este martes a través de su cuenta de Twitter, que durante el segundo día de revisión de documentos y requisitos, ya son 72 los candidatos a la Defensoría del Pueblo que quedaron inhabilitados.