Lunes, 23 Mayo 2016 00:00

Pensar en la administración de justicia como un servicio a la ciudadanía

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Pensar en la administración de justicia como un servicio a la ciudadanía www.revistaamiga.com

*Artículo de opinión /  Susana Saavedra Badani / Abogada, especialista en acceso a la justicia penal.

Actualmente Directora Ejecutiva de Fundación CONSTRUIR

No cabe duda que uno de los principales desafíos de la transición constitucional que vive el país es la reforma estructural e integral del sistema de justicia o como bien se ha venido pronunciando “la llamada revolución judicial” que se despoje de formalismos y logre acercarse al ciudadano, este proceso es complejo y contiene múltiples desafíos que no se agotan en lo normativo, por el contrario deben trascender y lograr materializarse en mejoras sostenibles que garanticen una tutela efectiva de los derechos de la ciudadanía.

Desde que Bolivia recuperó la democracia, el país ha sido objeto de múltiples reformas con miras a consolidar un Estado de Derecho, sustentado en la justicia, la paz social y el respeto de los derechos humanos. En este camino el país avanzo positivamente en materia de desarrollo normativo, cuyo hito fundamental se ha dado a partir de la promulgación del texto constitucional en 2009 y las normas que posteriormente han sido promulgadas en el proceso de transición.

Hoy por hoy se afirma que Bolivia cuenta con una legislación de avanzada, sin embargo persisten las brechas entre los imperativos normativos y las prácticas, razón por la cual las cifras de efectividad en la justicia, los bajos niveles de credibilidad, el rezago judicial, el uso excesivo del poder punitivo entre otras mantienen al país en la observancia de los organismos internacionales y a la población con una percepción de lejanía e insatisfacción respecto a las capacidades del sistema para atender la demanda de justicia.

Por ello, el momento que actualmente vive el país con miras a la cumbre judicial, amerita repensar las lógicas bajo las cuales se abordan las soluciones desde una perspectiva de política pública y respuesta a las necesidades de los ciudadanos.                              

La garantía de una justicia accesible está ligada estrechamente al concepto de inclusión y mantiene al menos tres acepciones de abordaje: la primera ligada a la posibilidad de mediar el conflicto y obtener la reparación; la segunda ligada a la consideración de la diferencia como un valor para la igualdad de acceso y la tercera referida a la remoción de todos los obstáculos y barreras de índole cultural, económico, lingüístico, educacional, que impacten en el acceso igualitario a la justicia cuya materialización demanda cambios en toda la estructura del sistema. 

Con esta antesala, la presente exposición busca motivar la reflexión respecto a la forma de encarar el desafío de una justicia accesible e inclusiva estableciendo un modelo de gestión judicial que responda a las necesidades de la ciudadanía y se sustente al menos en cinco premisas:

  • Descolonización de la Justicia
  • Cobertura de las necesidades de acceso a la justicia
  • Servicios Judiciales con Inclusión
  • Mecanismos de comunicación con el ciudadano
  • Afianzar la relación con los medios de difusión.

Una primera premisa que debe considerarse en este punto es la llamada descolonización de la justicia, equivalente a des-formalizar, des-neutralizar las miradas con las cuales se interpretan los derechos, se diseñan los procedimientos y se instauran los servicios. 

El sistema de justicia se mantiene como un escenario en el que sólo los litigantes y operadores de justicia interactúan entre sí, en representación de los(as) ciudadanos(as) partes en el proceso y el colectivo; sin embargo las definiciones tomadas no siempre responden al interés de las partes en términos de solucionar la controversia, reparar el daño y minimizar los efectos de forma oportuna, sin dilaciones.

La descolonización de la justicia también mantiene relación con otros problemas que ameritan atención y medidas especiales; así por ejemplo el excesivo ritualismo, la lógica del expediente escrito, la ausencia de un sello, declaración jurada, certificado, etc, impactan en el acceso a la justicia.

A ello se suman un conjunto de barreras como aquellas ligadas a la lingüística y la pertenencia cultural, dentro un sistema eminentemente diseñado para la lengua castellana en el que no se han logrado instaurar peritajes culturales, intérpretes, normas y reglamentos en lengua y formas comprensibles para los usuarios.

Una segunda premisa se expresa en la cobertura, proceso complejo, porque desde la perspectiva de servicio al ciudadano, este término no debe limitarse a cuestiones geográficas, sino a cubrir las necesidades de la demanda de justicia propias de la población diversa en cada asiento judicial. Para ello el primer eslabón es desarrollar un mapa nacional de necesidades judiciales en el que se consignen todos los datos necesarios para diseñar servicios judiciales que respondan a esta pluralidad de usuarios.

Bajo esta aseveración no estaríamos refiriéndonos meramente a cuestiones técnicas o presupuestarias, sino a definir con precisión indicadores de control de calidad y efectividad que incluyan en la evaluación de impacto criterios de satisfacción de parte de la población sobre las políticas implementadas.

Una tercera premisa que vale la pena analizar detenidamente se refiere a consolidar servicios judiciales con inclusión, la población boliviana no es homogénea como tampoco sus necesidades frente a la justicia, por esto no podemos concebir una revolución judicial, un proceso de descolonización que continúe ofreciendo servicios judiciales indistintos y uniformes a todo el colectivo, y con esto no debemos referirnos tan solo a la formación especializada de todos los actores que intervienen en la administración judicial, por el contrario, demanda establecer una ruta crítica de reforma en la que toda la estructura del nuevo sistema se instituya y responda a las necesidades de la población diversa. Las normas, los procedimientos, los protocolos de comunicación, los sistemas de información, los cambios, paliando los riesgos de que el sistema se constituya en un escenario de re victimización y vulneración de derechos.

La cuarta premisa apunta a consagrar un sistema de información y comunicación con el ciudadano, la información del sistema de administración judicial es pública, con algunas salvedades en razón de proteger los derechos de las partes en conflicto, sin embargo en esencia el resto de la información debe estar sometida al escrutinio público. En este punto, cabe además aclara que el derecho del ciudadano de acceder a la información judicial no se limita a conocer información, también a interpretarla, divulgarla libremente de forma individual y colectiva.

Numerosos estudios sobre el sistema de justicia concuerdan con que la ausencia o debilidad de información sobre la administración de justicia constituye uno de los problemas medulares para la efectividad de las políticas en la materia y la poca credibilidad de los(as) ciudadanos(as) en el sistema.

El cumplir con los estándares de publicidad en la información permite generar mejoras sustanciales en múltiples escenarios, comenzando por fortalecer la transparencia del sistema de justicia, mejorar la credibilidad de la población, promueve una mayor inclusión e interacción de la ciudadana en pro de la construcción democrática de políticas en el servicio, en el tiempo se traduce en la optimización de los tiempos y recursos sobre políticas de comunicación y finalmente permite revertir progresivamente los problemas de impacto generados por la relación cobertura mediática y gestión judicial.

Por esto es vital pensar en nuevas formas de comunicar la justicia, perder la perspectiva de palacio, ritualismo y acercarnos al ciudadano de a píe cumpliendo con algunas condiciones necesarias establecidas por los estándares internacionales:

  • Acceso universal: todas las personas sin exclusión, tenemos derecho de acceder a la información pública sin la necesidad de una justificación de las razones.
  • Máxima divulgación -El acceso es la norma y el secreto la excepción-: Las excepciones deben estar normadas por Ley y la divulgación debe ser debe primar en la información judicial.
  • Peticiones de información accesibles en lenguaje, oportunidad y practicidad: Al margen de los datos publicados, la ciudadanía debe tener posibilidades expeditas de solicitar y obtener esta información con el nivel de especificidad requerido, empleando procedimientos ágiles en términos de solicitud y oportunidad en la respuesta.

Cabe analizar esta información con una mirada práctica, comenzando por la disponibilidad inmediata de acceso y la utilidad para la persona que la recibe. No basta con difundir la información los ciudadanos tenemos que ser capaces de utilizar esta información en beneficio propio y también en beneficio de la colectividad.

Ciertamente podríamos afirmar que el uso de nuevas tecnologías para comunicar se ha convertido en la principal estrategia de acercamiento al ciudadano, prácticamente todas las instituciones tienen páginas Web, cuentas en redes sociales, el Consejo de la Magistratura incluso ha ido más allá y se ha convertido en la primera institución judicial en contar con una herramienta para teléfonos inteligentes.

Estos son avances importantes, ahora es tiempo de aprovechar el conjunto de posibilidades ofrecidas a partir de estos servicios, hablar de una verdadera revolución informática generando plataformas de atención a los usuarios, espacios sostenidos de participación y colaboración ciudadana.Pensar en la administración de justicia como un servicio también consiste en trabajar por cerrar las brechas que impactan en el acceso igualitario de la ciudadanía, se afirma que mientras los ciudadanos sabemos más estamos mejor preparados para el desarrollo, por ende estos espacios serían esencialmente importantes para educar a la ciudadanía, dar a conocer sus derechos, las vías para absolver consultas, los plazos para la substanciación, incluso interpretación de las normas en lenguaje comprensible.

  • Los funcionarios y el sistema deben coadyuvar en el proceso de acceso a la información: Se trata de cambiar el paradigma del servidor judicial estableciendo como una de sus funciones esenciales la satisfacción de las necesidades de los usuarios de este servicio.
  • Proactividad en la difusión de información: Avanzar en la ampliación y detalle de la información difundida, pensando en disminuir paulatinamente la necesidad de solicitar esta información de forma personal, en formatos abiertos, con posibilidad de ampliar las variables en consideración y la actualización. 

Finalmente la quinta premisa demanda profundizar los espacios de relacionamiento con los medios de comunicación, hemos identificado que la justicia es un asunto de interés público, ahora tenemos que afirmar también que los medios de comunicación constituyen una fuente primaria de educación ciudadana y de información, a partir de los medios de comunicación los ciudadanos conocemos que es lo que sucede en nuestro país, formamos opiniones favorables o contradictorias respecto a la gestión de las instancias públicas. 

Por ello es imprescindible adoptar medidas coordinación y cooperación entre el gremio periodístico y la administración de justicia, para que esto sea posible y se vislumbre el rol de los medios de comunicación como un factor para acompañar la gestión judicial, deben generarse mayores espacios de diálogo y procesos de trabajo conjunto que sean materializados en protocolos para comunicar la justicia, existen iniciativas muy importantes en países de la región como Chile y España con resultados favorables que podrían ser analizadas y replicables en nuestros contextos.

 

 

Visto 4938 veces Ultima modificación en Lunes, 23 Mayo 2016 08:08
Sam Mills Jersey