Martes, 19 Mayo 2020 14:05

40% de los internos purgan delitos vinculados al narcotráfico y no se beneficiarán del indulto

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La directora de Régimen Penitenciario de Cochabamba, Pamela Suárez, indicó que los detenidos por transgresiones a la Ley 1008 ya no serán beneficiados, a diferencia de años anteriores.

En Cochabamba, al menos el 40% de los privados de libertad se encuentran recluidos por delitos vinculados al narcotráfico, establecidos en la Ley 1008, pero que ahora no serán beneficiados con el indulto. De esa cifra, el 90% son mujeres, de acuerdo con información de la directora de Régimen Penitenciario del departamento, Pamela Suárez.

La amnistía e indulto podrá liberar a los reos detenidos por “delitos menores” como estafa, hurto, falsedad de documentos, lesiones, lesiones graves, despojo, rapto, extorsión, estelionato, abuso de confianza, apropiación indebida, robo u otras transgresiones.

Hay 2.447 internos en los siete recintos penitenciarios del departamento, cuando la capacidad de albergue no debería superar los 1.226. El 80% de la población carcelaria tiene detención preventiva y solo el 20% cuenta con una sentencia condenatoria. En tanto, persiste el hacinamiento en las cárceles, principalmente, en San Sebastián y San Antonio. “Son penales donde hay un 200% de hacinamiento y es que los ambientes son bastante pequeños”.

Suárez calculó que al menos 400 privados de libertad serán beneficiados con el Decreto Presidencial 4226 de amnistía e indulto en Cochabamba. Se prevé que 2.500 personas sean beneficiadas en todas las cárceles del país en las próximas semanas, con el fin de descongestionar los penales, principalmente, por la emergencia sanitaria tras el brote de coronavirus, COVID-19.

Son considerados en el beneficio los internos mayores de 58 años o personas con enfermedades crónicas, mujeres embarazadas o que tengan la tutela de sus niños.

ANTERIORES BENEFICIADOS El 95% de los privados de libertad que fueron beneficiados con la aplicación de la descongestión carcelaria realizada en Cochabamba, en 2019, corresponde a internos vinculados al Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, 1008.

Las autoridades actuales calificaron esa situación como “terrible”. Se logró bajar el hacinamiento carcelario en 5% en Cochabamba; de esa cifra, casi la totalidad de los beneficios con el indulto también son personas acusadas por el delito de la Ley 1008.

Desde 2014, los decretos de indulto emitidos por el expresidente Evo Morales, beneficiaron en un 85% a personas detenidas por narcotráfico, según el informe de la dirección general de Régimen Penitenciario. Con la amnistía se beneficiaron a 5.500 privados de libertad entre 2014 y 2019, de los cuales 4.695 estaban vinculados al tráfico de drogas, de acuerdo con una nota de Página Siete publica el 30 de noviembre de 2019.

CAMBIOS Ahora, varios internos recluidos por delitos vinculados al narcotráfico exigen su liberación. “Muchos estaban esperanzados porque pretendían salir, pero ahora los que están por 1008 no lo pueden hacer”, dijo Suárez.

El delegado de la cárcel de San Pedro de Sacaba, que prefirió mantener en reserva su identidad, reclamó por el indulto puesto que considera que beneficiará solo a unos cuantos. “Ha sido una burla porque no está favoreciendo a nadie, mientras siguen llegando privados de libertad al penal y de aquí nadie sale”.

Ese penal tiene 244 internos, cuando tiene una capacidad de albergar a 80. El delegado apuntó que muchos duermen en el piso y sufren de dolencias.

Suárez indicó que el reducido número de beneficiados se debe a que la mayoría cumplen detención por delitos de 1008. Apuntó que en esa cárcel deben ser unos 20 beneficiados.

¿QUIÉNES SON EXCLUIDOS? El indulto o amnistía se aplicarán, por razones humanitarias, a las personas con enfermedad terminal debidamente acreditadas a través de certificado médico forense, salvo que la Constitución Política del Estado, el Código Penal, o disposición legal no admita indulto o se trata de delitos de terrorismo, financiamiento al terrorismo, homicidio, homicidio culposo, violencia familiar o doméstica, trata de personas, tráfico de migrantes, secuestro, delitos contra la seguridad exterior e interior del Estado, delitos contra la libertad sexual, cuando la víctima sea menor de edad.

Tampoco podrá beneficiarse el procesado o condenado por traición; espionaje; separatismo; tenencia, porte o portación y uso de armas no convencionales; tráfico ilícito de armas; hurto o robo de armamento y munición de uso militar o policial; asesinato; feminicidio; parricidio; infanticidio; secuestro, violación de infante, niña, niño o adolescente; y contrabando.

Se excluyen también del beneficio quienes tienen procesos penales donde el Estado es parte querellante o acusadora, a excepción del Ministerio Público; quienes están implicados en delito de sustancias controladas, sancionadas con penas superiores a 10 años de privación de libertad, tipificado en la Ley No. 1008, de 19 de julio de 1988, del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas; y, entre otros a quienes se haya beneficiado anteriormente con amnistía o indulto y quienes sean reincidentes.

Sobre el procedimiento y requisitos, Suárez indicó que los abogados de defensa pública, cumpliendo las medidas de bioseguridad, están haciendo un recorrido por las cárceles para recabar la documentación necesaria y que el interno sea beneficiado con el indulto o amnistía. Las carpetas serán revisadas con prontitud, por su autoridad, para que sean homologadas por el Tribunal de Justicia y se pueda liberar a los que corresponde en las próximas semanas.

Info adicional

  • Medio: Opinión
  • Fecha: Domingo, 17 Mayo 2020
  • Categoria: Policial
  • Sección: Policial
  • Tema: Cárceles
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Sam Mills Jersey