Miércoles, 22 Abril 2020 13:22

TSJ modula audiencias en casos de detenidos preventivos

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El nuevo instructivo 11/2020, que modula el entendimiento y alcance de la circular 06/2020, fue emitido este fin de semana, después que el Gobierno cuestionara los alcances de la primera disposición judicial.

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió un nuevo instructivo en el que aclara que durante la cuarentena por el coronavirus los jueces y vocales podrán priorizar audiencias virtuales de cesación a la detención preventiva, solamente en caso de imputados adultos mayores de 60 o más años, los que padezcan una enfermedad crónica y las mujeres embarazadas o que tengan a su cuidado menores de edad.

El nuevo instructivo 11/2020, que modula el entendimiento y alcance de la circular 06/2020, fue emitido este fin de semana, después que el Gobierno cuestionara los alcances de esta disposición judicial, que supuestamente estaría siendo utilizada para beneficiar con la liberación a imputados por feminicidio y otros hechos delictivos que atentan contra la vida.

Explica que las audiencias virtuales se constituyen en una “alternativa extrema” dispuesta de manera excepcional, que no garantiza de manera absoluta el cumplimiento del debido proceso, motivo por el cual se debe limitar a determinadas circunstancias el desarrollo de las mismas.

“Bajo este carácter extraordinario, la realización de audiencias virtuales también está reservada para situaciones extraordinarias, que no pueden ser otras que aquellas íntimamente ligadas, a la circunstancia que ha motivado asumir esta medida, como lo es la pandemia generada por el coronavirus y el decreto de la cuarentena total”, señala parte de la nueva circular.

La nueva circular dispone que los jueces, vocales de los tribunales departamentales de justicia, dentro de los límites de sus atribuciones y competencias, deben atender y resolver de manera extraordinaria y a través de audiencias virtuales, exclusivamente, las solicitudes de modificación o cesación de medidas cautelares de carácter personal en casos de adultos mayores de 60 o más años, personas con enfermedades crónicas y mujeres embarazadas o que tengan a su cargo menores de edad.

La circular firmada por la presidenta del TSJ, María Cristina Díaz, sostiene que una vez identificados estos grupos vulnerables y tomando en cuenta las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que insta a ejercer especial protección a los mismos, el Órgano Judicial, de manera “extraordinaria, especial y extrema”, dispuso la realización de audiencias virtuales por los medios informáticos habilitados y solo para determinadas situaciones.

Info adicional

  • Medio: Correo del Sur
  • Fecha: Martes, 21 Abril 2020
  • Categoria: Seguridad
  • Sección: Seguridad
  • Tema: Administración de Justicia
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Sam Mills Jersey