Print this page
Lunes, 10 Junio 2019 09:39

La Fiscalía no promoverá la conciliación en 5 casos

Calficar este artículo
(0 votos)

Con la nueva Ley de Abreviación Procesal Penal, la Fiscalía no  promoverá la conciliación desde el primer momento en que se inicie una demanda,    pero con cinco excepciones.

 “La nueva normativa plantea excepciones a la conciliación en hechos que tenga por resultado la muerte, que exista un interés público gravemente comprometido, vulneren derechos constitucionales o se trate de reincidentes o delincuentes habituales. También cuando se afecte al patrimonio del Estado”, informó el fiscal general, Juan Lanchipa.

El Ministerio Público a través de los fiscales de materia promoverá la conciliación desde el primer momento del proceso hasta antes de la conclusión de la etapa preparatoria, con el fin de dar una resolución   pronta y oportuna  de los conflictos penales “como señala la Ley 1173”, explicó Lanchipa, citado en un boletín institucional.

Dijo que se aplica la conciliación como un medio alternativo para solucionar conflictos, de forma que las partes (víctima o denunciado), resuelven mediante el acuerdo el conflicto jurídico con la intervención o colaboración de un tercero, que será una tarea de los fiscales que promoverán la conciliación.

Ante los nuevos desafíos planteados en la nueva Ley 1173, la Fiscalía,  a partir de esta  gestión  desarrolla diferentes cursos de capacitación dirigidos a fiscales de materia en temáticas relacionadas a la conciliación penal.

Info adicional

  • Medio: Página Siete
  • Fecha: Lunes, 10 Junio 2019
  • Categoria: Seguridad
  • Sección: Seguridad
  • Tema: Reforma al Sistema Penal
Visto 1375 veces

Items relacionados